domingo, 7 de enero de 2018

Cualquier cosa que digamos en las redes sociales podría ser un delito contra la Defensa Nacional.


Este magnífico artículo (http://www.publico.es/politica/cospedal-azuza-cupula-militar-redes-nuevo-campo-batalla.html) del diario Público olvida mencionar que también algunos medios de comunicación españoles, como El País (https://elpais.com/tag/ataques_informaticos/a), son autores del gran programa contra la libertad de expresión en las redes sociales que bajo la excusa de la protección de los intereses de la Defensa Nacional han puesto en marcha los de siempre (https://elpais.com/elpais/2017/11/19/opinion/1511112367_270861.html).

El tema es de gran calado político, pues estamos ante un antidemocrático intento de férreo control de la opinión pública al calor de supuestas amenazas informáticas, pero ha nacido en España -Spain is different- al calor de una inolvidable broma que algunos excelentes periodistas le han gastado precisamente a la ministra de Defensa de España: http://noviolencia62.blogspot.com.es/2017/11/una-bromita-la-ministra-de-defensa-de.html

Aunque ya la Directiva de Defensa Nacional de 2012 hablaba, más o menos en los mismos términos que hoy, de esta cuestión del mundo de internet como espacio de guerra:


Y por supuesto está presente el omniabarcante artículo 26 de la Ley 5/2005 de Defensa Nacional, relativo al CNI: "Centro Nacional de Inteligencia. El Centro Nacional de Inteligencia contribuirá a la obtención, evaluación e interpretación de la información necesaria para prevenir y evitar riesgos o amenazas que afecten a la independencia e integridad de España, a los intereses nacionales y a la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones".



Este arsenal de sospechas sobre la red por parte de generales y gobernantes, mezclado con una interpretación rígida del código penal (por ejemplo el artº artículo 592.1) podría llevarnos a cualquiera de nosotros y nosotras, en cualquier momento y prácticamente por cualquier motivo (incluyendo esta entrada de blog) a prisión. Leamos con atención el código penal vigente:

Artículo 592. 1. Serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años los que, con el fin de perjudicar la autoridad del Estado o comprometer la dignidad o los intereses vitales de España, mantuvieran inteligencia o relación de cualquier género con Gobiernos extranjeros, con sus agentes o con grupos, Organismos o Asociaciones internacionales o extranjeras. 2. Quien realizara los actos referidos en el apartado anterior con la intención de provocar una guerra o rebelión será castigado con arreglo a los artículos 581, 473 ó 475 de este Código según los casos.

Prestemos mucha atención a esta clarificadora intervención de Joan Comorera (Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea Senado) de fines de noviembre pasado, aunque con un final (la abstención) que sorprende un poco tras su serena y argumentada reflexión:




Cospedal, en fin, nos ha hecho un favor en su discurso de la Pascua Militar del 6 de enero pasado al advertirnos por dónde va a caminar la orwelliana política de Defensa que ya tenemos encima: TODOS SOMOS POTENCIALES DELINCUENTES DIGITALES CONTRA ESPAÑA SI NO ACEPTAMOS LAS DIRECTRICES POLÍTICAS DEL PP EN MATERIA DE GUERRA.